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Estancia por estudios
Si resides fuera de la Unión Europea y estás planeando venir a realizar una estancia por estudios o un proyecto de investigación en España mediante el “PERMISO DE ESTUDIANTE” debes tener en cuenta determinados aspectos para poder realizar con éxito tu procedimiento.
La autorización de estancia por estudios te habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
- ¿Cuáles son los requisitos necesarios?
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y del periodo de estancia previsto.
- Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
- En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá: -Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- ¿Qué requisitos económicos son exigibles?
Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
- Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
- Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.
- ¿Qué beneficios se adquieren con la estancia por estudios?
- Podrás residir en España durante el tiempo que dure el programa de estudios con el límite máximo de 1 año (con la posibilidad de renovarlo).
- Tendrás la posibilidad de trabajar a tiempo parcial mediante un permiso de trabajo especial para estudiantes.
- La ventaja de realizar la solicitud desde tu país de origen o directamente en España
- Podrás venir acompañado de tus familiares.
- Viajar a otros países que forman parte del territorio Schengen sin necesidad de solicitar visado.
- La posibilidad de cambiar la autorización de estancia por estudios a una autorización de residencia que te permitirá trabajar bien sea por cuenta ajena o por cuenta propia (en cumplimiento de los requisitos establecidos)
¿Cuál es el procedimiento para la obtención del permiso de estudiante?
Según se prevé en el artículo 39 del reglamento de extranjería, el procedimiento de solicitud del visado deberá presentarse personalmente o mediante representación en la misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero, en modelo oficial (modelo EX-00 rellenado).
Deberás pagar la tasa de expedición en el momento de la solicitud del visado.
Asimismo, el plazo máximo para resolver y notificar será de un mes. Una vez obtenida la autorización, el estudiante deberá obtener el correspondiente visado si se encontrase fuera del territorio español.
Debes tener en cuenta que, aunque parezca un procedimiento sencillo, presentar la documentación incorrecta o rellenar mal los formularios pueden poner en riesgo la concesión de tu visado o autorización de estudios en España. Por lo cual, te recomendamos te asesores antes de presentar la documentación para que obtengas una resolución favorable.

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